Declaración anual persona física: Guía SAT 2025

Tabla de contenidos

Declaración Anual Persona Física

Es un hecho, como persona física contribuyente en México tienes entre el 01 y el 30 de abril para presentar tu declaración anual ¡Es un deber y te evitas problemas con el SAT! ¿Ya estamos preparados?

Claro que dependiendo del régimen fiscal en el que te encuentres, origen de tus ingresos o tu condición como contribuyente es probable que no estés en la obligación de pagar el impuesto sobre la renta al SAT, no directamente; no obstante, puedes declarar y eso te traerá algunas bondades implícitas como imagen de formalidad, posibilidad de optar a productos financieros como préstamos o tarjetas de crédito, además de evitar líos con el SAT.

Prepara tu declaración anual persona física
Como persona física tienes entre el 1ero y 30 de abril para hacer tu declaración anual ante el SAT. Imagen generada por Pikaso.-Freepik.com

Claro que dependiendo del régimen fiscal en el que te encuentres, origen de tus ingresos o tu condición como contribuyente es probable que no estés en la obligación de pagar el impuesto sobre la renta al SAT, no directamente; no obstante, puedes declarar y eso te traerá algunas bondades implícitas como imagen de formalidad, posibilidad de optar a productos financieros como préstamos o tarjetas de crédito, además de evitar líos con el SAT.

Sabemos que tienes dudas sobre tu declaración anual ante el SAT y por eso estás aquí, con esta guía te explicamos lo necesario para que cumplas con tu compromiso de impuestos sin inconvenientes.

¿Comenzamos? ¡Buena lectura!

Esta guía está pensada para emprendedores dueños de su empresa personal o individual, si eres dueño de una pyme o sociedad mercantil consulta nuestra guía de declaración anual para empresas o personas morales. 

Declaración anual ante el SAT: Lo primero ¿en qué régimen fiscal te encuentras?

Lo primero que debes conocer para cumplir con tu declaración anual persona física ante el SAT es conocer tu régimen fiscal.

El régimen fiscal es el marco normativo que rige la forma en la que presentas y pagas tus impuestos como contribuyente. De acuerdo con el SAT:

“El régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones a los que se hace acreedor un ciudadano a partir de desempeñar una actividad económica específica”. 

De manera que dependiendo de lo que hagas y de tus ingresos clasificarás para alguno de estos regímenes fiscales:

Régimen de incorporación fiscal (RIF)

Aplica para contribuyentes que obtengan sus ingresos realizando actividades comerciales o prestando servicios que no ocupan un título profesional y siempre que los ingresos no superen los dos millones de pesos.

Por ejemplo, si te ganas la vida con un salón de belleza, una carnicería o un taller mecánico puedes optar al RIF como tu régimen fiscal.

Régimen Persona Física con actividad empresarial

Si tienes una firma personal o empresa individual, si los ingresos anuales producto de tu actividad comercial ya superan los dos millones puedes optar por este régimen.

En realidad, no tiene un límite de ingresos y cualquier persona con actividad empresarial puede declarar bajo este régimen. Ejemplo: Productores agropecuarios, autopartes, taller manufacturero…

Régimen de servicios profesionales

Cualquier contribuyente persona física que preste servicios para los cuales necesita un título o acreditación, y que labore de manera independiente califica para este régimen.

Ejemplos: Abogados, dentistas, publicistas, servicios técnicos…

Régimen de servicios en plataformas digitales

En el auge de la globalización y transformación digital hoy es común la palabra ‘trabajador freelance’ que obtiene sus ingresos en plataformas digitales de contratación independiente.

En este caso es la plataforma digital quienes deben generar los comprobantes fiscales, hacer retenciones y pagar los impuestos o facilitar estos mecanismos.

Personas que prestan servicios en plataformas como Uber, Uber eats, Airbnb, Amazon, entre otras, califican para este régimen.

Régimen de asalariado

De acuerdo con el SAT, en este régimen califican las personas físicas que perciban sueldos, salarios y demás prestaciones derivadas de una relación laboral subordinada a disposición de un empleador.

Aquí es el patrono quien se encargará de realizar las retenciones y pagar el impuesto ante el SAT. Y esto es voluntario, ya que puedes elegir ser tú quien lleva a cabo este proceso.

Cabe destacar que, si trabajas para más de un patrón, cambiaste de patrón durante el año u obtienes ingresos adicionales acumulables por otras vías como arrendamientos, honorarios, o actividades comerciales, eres tú quien debe preparar y hacer la declaración anual.

Régimen de Arrendamiento de inmuebles

Aquí califica toda persona física que obtenga ingresos por la renta de propiedades como habitaciones, casas, locales comerciales, edificios o terrenos.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

En vigor desde el año 2022 el RESICO es un régimen fiscal alternativo que aplica para todas las personas físicas con actividad comercial, industrial, servicios profesionales, arrendamiento; siempre que no superen los 3.5 millones de pesos en ingresos anuales.

El incentivo para este régimen fiscal es una tasa de impuesto más baja y trámites simplificados.

Si ya estás inscrito como contribuyente ante el SAT y tienes dudas sobre tu régimen fiscal puedes generar tu Constancia de Situación Fiscal en línea, solo necesitas tu RFC y tu contraseña o e.firma.

Una contabilidad ordenada puede facilitar mucho los procesos de impuesto de tu pequeño negocio, sácale provecho a la contabilidad fiscal con estas buenas prácticas. 

¿Qué personas están exentas de presentar su declaración anual ante el SAT?

La respuesta corta, tal como insinuamos en la introducción, sería que todos de manera voluntaria deberíamos presentar la declaración anual de ISR ante el SAT, aún cuando no tengamos que pagar impuesto sobre la renta.

Aquí algunas excepciones a la presentación de la declaración anual persona física:

  • Según el Art. 150 de la LISR, los asalariados exclusivamente bajo relación laboral con un único patrono a lo largo de todo el ejercicio fiscal, están exentos de presentar su declaración anual si sus ingresos anuales no superan los MXN $400 mil.
  • Jubilados y pensionados, solo estarán obligados a declarar y pagar ISR quienes obtengan más de quince salarios mínimos, y solo pagarán sobre el excedente de dicho valor.
  • Una publicación reciente de El Sol de Puebla hace referencia al 113-E de la LISR el cual establece la exención en la presentación de la declaración anual para personas físicas cuyos ingresos provengan exclusivamente de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, siempre que no superen los MXN $900 mil.

Declaración Anual Persona Física: El Simulador del SAT

En los últimos años el Servicio de Administración Tributaria ha puesto a disposición de la base de contribuyentes persona física un simulador de impuestos, en el cual, se puede visualizar toda la información precargada por la autoridad.

Bloomberg aclara cómo esta información se toma de los reportes de pagos provisionales, entero de retenciones, CFDI de nómina, CFDI por servicios profesionales, deducciones, precarga de intereses y dividendos, entre otros instrumentos de facturación electrónica y CFDIs.

Al ingresar al simulador podrás visualizar información como:

  • Ingresos
  • Devoluciones
  • Descuentos y bonificaciones
  • Deducciones autorizadas y personales
  • Retenciones
  • Pagos provisionales
  • Pagos mensuales y pagos definitivos
  • Y de ser el caso, saldos a favor.

En años anteriores el simulador estuvo disponible desde el 1ero de marzo, este año sólo estará en funcionamiento entre el 17 y 31 de marzo.

Si aún estás a tiempo puedes consultar la información visitando el enlace: https://anualpf.clouda.sat.gob.mx/   

¿Cómo hacer la declaración anual persona física?

Ya al tanto de toda esta información, podemos resumir la serie de pasos para presentar tu declaración anual ante el SAT:

1. Mantén a la mano la información necesaria

  • Tus comprobantes de ingresos: CFDI de nómina, de servicios profesionales, honorarios, arrendamientos, premios (como la lotería) y cualquier otra fuente de ingreso acumulativo.
  • Comprobantes de tus gastos deducibles: seguros de gastos médicos, honorarios médicos, gastos funerarios, intereses sobre créditos hipotecarios, aportaciones para el retiro, entre otros.
  • Constancia de tus pagos provisionales si has hecho alguno a cuenta del ISR durante el ejercicio fiscal.
  • Declaración anual del año anterior.

Aunque toda la información generalmente está precargada es bueno que compruebes las cifras y de allí la importancia de hacerlo con anterioridad a través de opciones como el simulador de impuestos.

2. Tus credenciales de acceso al SAT

Debes tener presente que tu declaración anual se realiza a través de la página de SAT y para ello necesitas tener tu RFC, tu clave de acceso o firma electrónica (e.firma)

Si no tienes un RFC debes solicitarlo ante el SAT con previa cita y es un trámite que debes hacer personalmente en alguna de sus sedes.

Si tienes tu RFC pero no posees contraseña puedes solicitarla vía digital siguiendo los pasos que solicita el SAT.

También puedes ingresar a la opción declaración anual con tu RFC y tu e.firma. Aquí te ofrecemos nuestra guía sobre la Firma Electrónica en México: Para qué se usa, cómo se solicita y lo que debes saber.

3. Accede al portal web del SAT

Con todo lo necesario a la mano es hora de que inicies tu proceso de declaración anual.

Ingresa al portal de SAT: https://www.sat.gob.mx/  menú personas, elige tu régimen fiscal:

Declaración Anual Persona Física
Ilustración 1 Declaración Anual Persona Física- Portal del SAT regímenes fiscales.

En la pantalla siguiente selecciona la opción 5 “Declara” y de allí haz clic en “Declaración anual” te redireccionará a la página de acceso o autenticación al aplicativo declaración anual persona física:

Declaración Anual
Ilustración 3 Acceso al Sistema del SAT para declaración anual Autenticación

Ingresa a la aplicación web con tu RFC y contraseña o e.firma.

4. Valida la información

Como se dijo antes, buena parte de la información para tu declaración anual persona física se encuentra precargada en función a tus transacciones electrónicas de ingresos acumulables y egresos deducibles a lo largo del año.

Según a régimen fiscal al que pertenezcas los módulos serán:

  1. Ingresos Acumulables
  2. Deducciones Autorizadas
  3. Retenciones
  4. Pagos provisionales.

Veamos algún detalle de cada uno de los módulos según los regímenes fiscales más comunes:

Módulo RIF PF con actividad empresarial
Ingresos Acumulables CFDI por ventas, sueldos, servicios profesionales, entre otros CFDI por ventas, sueldos, servicios profesionales, entre otros
Deducciones Autorizadas Deducciones limitadas dispuestas por ley. Existe un porcentaje deducible sin comprobantes Tanto como en sociedades mercantil se deducen gastos inherentes a la actividad empresarial
Retenciones Impuestos retenidos a terceros, si es empleador. Retiene impuestos si posee empleados o carga laboral
Pagos provisionales Montos pagados a cuenta del Impuesto sobre la Renta (ISR). Tasa preferencial varía en función al nivel de ingresos Montos pagados a cuenta del Impuesto sobre la Renta (ISR). Pagos provisionales pueden tener reducciones dependiendo de ciertos factores.

 

En otros regímenes como el RESICO, los módulos pueden ser más simplificados, tal como muestra la ilustración:

Declaración Anual Persona Física RESICO
Ilustración 3 Declaración Anual Persona Física RESICO.

Una vez que validez la información de tus ingresos y deducciones personales puedes enviar tu declaración vía digital en la misma aplicación web, recuerda que tienes hasta el 30 de abril para hacerlo.

Cumplido el paso recibirás un acuse de recibo, junto con la información de bancos y cuentas autorizadas para hacer el pago de tu impuesto sobre la renta.

Si tienes saldo a favor deberás hacer la solicitud de devolución de saldo en el mismo portal.

Si tienes un pequeño negocio es importante que emitas CFDIs y mantengas tu contabilidad al día. Aquí lo básico que debes conocer sobre contabilidad electrónica SAT para tu pequeña empresa. 

Declaración Anual Persona Física ¿Qué hacer en caso de error en las cifras precargadas?

Al respecto, Virginia Ríos Hernández miembro de la comisión técnica de investigación fiscal del CCPM en una entrevista reciente para El Economista comenta:

Si en el módulo de ingresos se omitió algún CFDI o rubro de ingresos acumulables, el sistema te dará la posibilidad de ingresar la información.

Ahora bien, si el sistema del SAT reportó una cantidad de ingresos superior a lo que tienes en cuenta, deberás acudir cuanto antes al Buzón Tributario o a la PRODECON (Procuraduría de Defensa del Contribuyente) con los respectivos soportes para tramitar una aclaración.

Otro error común es alguna deducción personal no precargada, ya sea porque hubo un error con el CFDI o porque la transacción no reporta la formalidad o validez ante el SAT.

Evidentemente, todas estas aclaraciones deben llevarse a cabo antes de la fecha tope de declaración, es decir antes del 30 de abril.

Debes revisar muy bien la información de tu declaración anual antes de darle enviar, y terminas pagando menos impuestos de lo debido, deberás pagar la diferencia con recargos, actualización y en el peor de los casos, con multas que pueden ir desde los MXN $1,180 hasta 22,400 pesos.

Declaración Anual Persona Física – Preguntas Frecuentes

Estas son algunas de las consultas de la base de contribuyentes, personas físicas en cuanto a declaración anual:

¿Qué pasa si no declaro el ISR a tiempo?

No presentar tu declaración anual puede generar multas, recargos e incluso restricciones para emitir facturas.

En casos graves, el SAT puede iniciar auditorías o bloquear tu RFC, afectando la operación de tu pequeño negocio o giro comercial.

¿Cuándo puedo hacer la declaración anual en el portal del SAT?

El periodo para presentar la declaración anual es durante el 1ero al 30 de abril de cada año.

Sin embargo, es recomendable no esperar hasta el último momento para evitar contratiempos con la plataforma. Más aún si eres de los pocos casos que presente algún error en las cifras mostradas.

¿Qué documentos necesito para hacer mi declaración?

En resumen, es importante contar con:

  • Tu RFC,
  • firma o contraseña,
  • Constancias de ingresos,
  • Deducciones autorizadas
  • Y cualquier otro documento que sirva como respaldo relevante según tu régimen fiscal.

¿Puedo deducir gastos en mi declaración?

Claro que sí, pero solo aquellos que sean considerados deducibles por parte del SAT, como gastos médicos, colegiaturas, aportaciones voluntarias a tu AFORE, intereses sobre préstamos hipotecarios para vivienda y algunos relacionados con tu actividad económica.

Si tengo saldo a favor, ¿cómo solicito la devolución?

Si tu declaración resulta en saldo a favor, puedes solicitar la devolución automática a través del portal del SAT, siempre y cuando tu información esté correcta y actualizada.

¿Vas a emprender o tienes un pequeño negocio en marca? Conoce lo básico sobre facturación en México.  

Preparándote para presentar tu declaración anual ante el SAT – Conclusión

Declaración Anual Persona Física
Cumple con tu declaración anual ante el SAT, cumple tu deber y evita multas. Imagen de Pikaso.-Freepik.com.

Presentar tu declaración anual de manera correcta y oportuna no solo te evita problemas fiscales, sino que también te permite llevar un mejor control de tu pequeño negocio, servicio profesional o giro comercial.

Mantener finanzas ordenadas, registrar ingresos y gastos con precisión y contar con herramientas tecnológicas adecuadas puede marcar la diferencia en la estabilidad y crecimiento de tu actividad.

Si eres emprendedor o dueño de un negocio personal, contar con un software de tesorería y automatización de flujo de caja te ayudará a mantener el control de tu liquidez, programar pagos y cumplir con tus obligaciones fiscales sin estrés.

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